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El nuevo derecho corporativo global
El nuevo
derecho corporativo
global
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TNI
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Juan Hernández Zubizarreta
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Un ejemplo reciente es el caso de la petrolera transnacional Chevron, que condicionó la firma del acuerdo de inversión con YPF en el yacimiento de Vaca Muerta en Argentina a las reformas de leyes federales y provinciales.
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Las propuestas de Chevron se recogieron en una serie documentos “estrictamente confidenciales”,que se centraron en los topes máximos a los impuestos que podrían cobrarle las provincias,en el tiempo y las características de las concesiones y en la estabilidad tributaria para la petrolera y sussubsidiarias.
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Las nuevas propuestas a favor de la petrolera terminaron en la Ley 27.007 de Hidrocarburos,que el Congreso argentino aprobó el 30 de octubre de 2013 para “promover inversiones para la explotación”.1
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Este es un ejemplo muy claro de cómo las empresas transnacionales intervienen en las normas concebidas para regularlas, lo cual está llevando a una crisis profunda de las instituciones democráticas yde la soberanía popular, a la quiebra de la separación de poderes y del imperio de la ley, y a la contractualizació n de las normas jurídicas y de las relaciones económicas.
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Por último, también subordina los derechos de las mayorías sociales mediante la privatización de las normas y las instituciones jurídicas. aprueban “de facto” las normas jurídicas, y los Estados, en este caso el argentino, se dedican a sostener la lógica mercantil y el lucro ilimitado para ellas.
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La evolución del capitalismo global, desde la segunda mitad del siglo XIX hasta nuestros días, ha servido para consolidar y reforzar la centralidad de las empresas transnacionales en la economía mundial, así como su creciente dominio sobre múltiples esferas de la vida en el planeta. En la actualidad, las empresas transnacionales tienen un poder que, en términos económicos, es mayor que el de muchos Estados: Walmart, Shell y Exxon Mobil, por ejemplo, tienen unos ingresos anuales superiores al Producto Interior Bruto de países como Austria, Sudáfrica y Venezuela.2 A la vez, las grandes corporaciones disponen de un enorme poder político, no solo con relación a los Estados-nación —con su evidente influencia en el avance de las contrarreformas económicas y la eliminación de derechos sociales—, sino también a nivel internacional, en instituciones multilaterales como la ONU “a través de diversos modelos de iniciativas multi-actor”.
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Para transformar el actual sistema económico, urge acotar el poder de las corporaciones transnacionales e invertir la pirámide normativa internacional, de manera que en su vértice se sitúen los derechos de las mayorías sociales. Y es que el actual marco jurídico de las empresas transnacionales pone en evidencia la diversidad, heterogeneidad, fragmentación y a veces contradicción de las normas vigentes de Derecho Internacional.
Por ello, se hace necesario establecer una mejor coherencia en las mismas, que debería sustentarse
en situar a los derechos humanos en la cúspide de la pirámide normativa
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Y qué decir, en esta misma línea, de los posicionamientos diplomáticos tras el golpe de Estado en Honduras:
¿se abstuvo la Unión Europea de toda protesta diplomática ante los atropellos cometidos porque lo que estaba en juego era la firma del tratado de libre comercio con Centroamérica?